PREGUNTAS FRECUENTES

¿Puedes ingresar al domicilio de tus inquilinos sin avisar?

NO, porque en caso contrario te puede generar problemas de índole penal.

¿Puedes cambiar las chapas o llaves de acceso al domicilio de tus inquilinos sin avisar?

NO, porque en caso de hacerlo te puede generar problemas de índole penal.

¿Si existe un incumplimiento de pago puedes simplemente sacar las pertenencias de tus inquilinos?

NO, lo correcto es iniciar un Juicio de Arrendamiento.

¿Puedes Recuperar el inmueble sin un proceso judicial?

SI, pero con ciertas formalidades, como un acta de entrega que deberá de ser firmada por ambas partes o bien mediante un juicio de arrendamiento.

¿Puedes recibir rentas en efectivo, deposito o transferencia?

SI, pero lo más conveniente es mediante transferencia bancaria en la cuenta del propietario y emitir el CFDI correspondiente.

¿Debes emitir CFDI por los ingresos de tus rentas?

SI, conforme a nuestra legislación.

¿En un proceso Judicial el Juez te exige justifiques haber emitido el CFDI de las rentas reclamadas?

SI, cuando causa ejecutoria una sentencia en donde fue condenado el inquilino al pago de las rentas.

¿Debes indicar si el importe de la renta incluye o no: IVA, Retención del Impuesto, Sobre la Renta ISR, Retención del Impuesto al valor agregado IVA, Cuota de Mantenimiento?

SI.

¿Existen consecuencias legales si el domicilio se indica incorrecto?

SI, ya que puede entorpecer el proceso de notificación al inquilino/arrendatario.

¿Debes indicar el mail, CURP Y RFC de los inquilinos en el contrato?

SI, para poder evitar confusiones con algún homónimo del inquilino/arrendatario o Fiador, en caso de llegar a juicio y poder embargar a las personas correctas.

¿Debes indicar el lugar de pago de rentas o especificar una cuenta para ello?

SI, ya que de indicar el domicilio arrendado, obliga al propietario/arrendador a tramitar un requerimiento judicial previo al juicio de arrendamiento y demorar el proceso más de 30 días.

¿Debes indicar la fecha de inicio y terminación del arrendamiento?

SI.

¿Debe existir una penalidad por incumplimiento al contrato?

SI.

¿Debes solicitar deposito en el contrato de arrendamiento?

SI.

¿Cuál es la cantidad correcta para el concepto de depósito en garantía?

Depende de diversos factores como inventario básico o inventario completo y costoso.

¿Debes indicar los lineamientos para futuros incrementos de renta?

SI.

¿Qué sucede si la penalidad es excesiva?

Puede ser disminuida por el Juez.

¿Es correcto que el inquilino firme PAGARES en un arrendamiento?

NO, ya que sería una doble obligación, sin embargo, es posible que se firme algún pagaré como garantía por un importe distinto de la renta mensual y evitar que se relacionen contrato y pagaré.

¿Puede el inquilino firmar un PAGARE para garantizar algún daño al inmueble o adeudo?

SI, PREVIAMENTE O AL MOMENTO DE REALIZAR LA ENTREGA/RECEPCIÓN DEL INMUEBLE.

¿Debes regresar el deposito de garantía al finalizar el contrato?

SI.

¿Puedes retener total o parcialmente el depósito de garantía al finalizar el contrato?

SI, pero con justificantes

¿Debes firmar un documento de entrega recepción al finalizar el contrato?

SI.

¿Puedes rentar una casa habitación como Oficina, Oficina discreta o local comercial?

NO.

¿Puede el arrendatario subarrendar el inmueble?

NO.

¿Puedes vender tu propiedad durante la vigencia de un arrendamiento?

SI, pero debes respetar el contrato y cumplir con las formalidades para ejercer el derecho del tanto

¿Debes elaborar un inventario escrito y fotográfico en el contrato?

SI.